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Inquilinos estan protegidos por 60 dias en Condado de Dallas

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Dr. Elba Garcia, Comisionada del Condado de Dallas por el Distrito #4.
Información comercial
Abogada Margaret Donelly

Mensaje de la Dr. Elba Garcia, Comisionada del Condado de Dallas por el Distrito #4 , dice asi:

Estimada Comunidad,

Quiero agradecer a todas nuestras comunidades, residentes y empleados del Condado de Dallas por su excelente cooperación y trabajo duro mientras continuamos luchando contra la pandemia COVID-19. Sé que este es un momento difícil para nuestras comunidades del Condado de Dallas y los residentes que están luchando debido a tener que ausentarse de sus trabajos, por cierres de negocios, y desalojos.

Como usted sabrá, nuestro Juez del Condado de Dallas, Clay Jenkins, ha extendido la orden Safer at Home hasta las 11:59 p.m. del 30 de abril del 2020.

Estoy feliz de anunciarles que ya está disponible y a su disposición, la línea para inquilinos que tengan preguntas o que se encuentran en alguna situación difícil con los dueños del lugar donde está rentando. Para aquellas personas que experimentan dificultades con el pago del alquiler y también posiblemente enfrentan el desalojo, esta línea directa puede proporcionar información y ayudarle a conectarse con agencias y grupos que le pueden proporcionar ayuda. Más detalles e información de contacto para la línea directa de inquilinos del Condado de Dallas están a continuación.

Gracias por su continuo apoyo y paciencia, ya que nuestra Corte de Comisionados está trabajando diligentemente para que cada individuo vuelva a sus empleos con seguridad y responsabilidad, lo antes posible. También quiero que sepan que agradezco mucho los comentarios y sugerencias que hemos recibido de nuestros residentes y negocios. Con la cooperación, paciencia, ayuda y determinación inquebrantable de todos, superaremos esta lucha juntos.


Línea Directa para Inquilinos:

Para prevenir que los inquilinos sean desplazados y para impedir la propagación potencial de COVID-19,  los Juzgados de Paz del CONDADO DE DALLAS han ordenado que:

  • Todos los casos de desalojo que estén ya en proceso o pendientes se pospongan y continuen por al menos 60 días desde el 18 de marzo del 2020 hasta el 18 de mayo 2020;
  • Cualquier caso de desalojo registrado durante los 60 días desde la fecha de esta orden, no será programado para corte hasta la expiración de por lo menos 60 días desde la fecha de esta orden;
  • Todas las peticiones oficiales de posesión actualmente en trámite no serán aplicadas por ningún medio, por lo menos en 60 días desde la fecha de esta orden; Y
  • Ninguna orden oficial de posesión será otorgada, para casos de desalojo durante 60 días desde la fecha de esta orden.

Tenga en cuenta:

  • Los inquilinos que realicen actividades delictivas o causen una amenaza inminente para la salud y seguridad, pueden ser sujetos a desalojo antes de la fecha mencionada.
  • Los inquilinos seguirán siendo responsable de pagar el alquiler.
  • Se pide que  los inquilinos se comunicarse con su propietario y asegurarse de estar informados cuando aplazamientos de desalojo están en vigencia.
  • Al tener dificultades para pagar el alquiler, los inquilinos deben intentar realizar pagos y / o establecer un plan de pagos con su propietario.

Una vez que haya tomado los pasos anteriores y para todos los otros inquilinos, si usted ha sido desalojado o notificado de un desalojo pendiente, notifique a la Línea  de Inquilino por correo electrónico o teléfono:

Tenanthotline@dallascounty.org

833-743-0072 o 214-653-6563

https://www.dallascounty.org/covid-19/tenant-hotline.php

Si un operador no esta disponible, porfavor deje un mensaje con su direcciónnombre y número de teléfono y alguien se comunicará con usted.


INFORMACION DE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA DE PAZ DEL CONDADO DE DALLAS

Durante la crisis del COVID-19, los tribunales de Justicia de Paz están abiertos de forma remota y todavía pueden escuchar casos por teleconferencia y videoconferencia con respecto a los siguientes asuntos:

  • Solicitud de orden de reingreso (cuando se le han cerrado las puertas ilegalmente por el propietario)
  • Casos de reparación y remedios (por las condiciones de vida inhabitables)
  • Bonos de paz
  • Orden de restauración de utilidades/servicios básicos como luz, agua y gas
  • Órdenes de detención de emergencia

Tribunales de Justicia de Paz
https://www.dallascounty.org/government/jpcourts/

ORIENTACIÓN PARA DESALOJOS, PROPIETARIOS E INQUILINOS

El Tribunal Supremo de Texas permite a los Propietarios:

  • Publicar un aviso de desalojo antes de presentar una demanda de desalojo
  • Se Permite el archivo  de la demanda de desalojo; y
  • En casos muy limitados se permite que la demanda de desalojo proceda al juicio y que la  orden de posesión sea emitida y ejecutada.

El Tribunal Supremo de Texas prohibió a los propietarios /constables de lo siguiente:

  • proceder a un juicio por un caso de desalojo (excepto en circunstancias muy limitadas)
  • que ningún empleado del tribunal otorgue una orden de posesión dándole autoridad a un constable de remover físicamente a un inquilino del local.

    Nota: una orden de posesión será otorgada sólo después de un fallo a favor del propietario / arrendador – debido a que el caso de desalojo ya no puede (mientras esta orden este en vigencia) ser procesado bajo una orden de emergencia del Tribunal Supremo, no habrá una base legal para que el empleado pueda emitir una orden de posesión.
  • Publicar la notificación requerida para ser publicada por el constable  después de que un sentencia ya se ha emitido en contra de un inquilino, pero antes de que la el constable  realmente ejecute (o lleva a cabo) la orden de posesión, que es cuando el constable  removería a una persona y sus pertenencias del local. Ya que no puede haber ningún juicio o recursos de posesión emitidas, no habrá base legal para que un constable   proporcione el aviso de que una orden de posesión será ejecutado.

    Nota: A menos que un inquilino se vaya de manera voluntaria, una orden de posesión sólo puede ser ejecutada por un agente adecuado. Mientras que un propietario todavía puede colocar un aviso antes de la demanda para desalojar y presentar una demanda de desalojo bajo las órdenes del Tribunal Supremo, el propietario no puede s utilizar un remedio de autoayuda para remover físicamente a un inquilino. Deben buscar una orden de posesión y ejecución de la orden judicial por un oficial de la paz. Si un inquilino se está removiendo a la fuerza por un propietario/arrendador, o si el propietario está utilizando otros métodos para remover al inquilino que no están permitidos (como, por ejemplo, bloqueo, cerrando los servicios útiles, etc.), entonces una queja sería apropiada porque dicha acción por el propietario/arrendador estaría en violación del código de propiedad.

INFORMACIÓN ADICIONAL

“Amenaza inminente” Orientación De Desalojo – Tribunal Supremo de Texas

La orden emitida el 19 de marzo por el Tribunal Supremo de Texas pone un alto a los casos de desalojo de viviendas a excepción de los casos en que la conducta del inquilino sea de actividad criminal o es una “amenaza inminente” para la salud y la seguridad de la demandante, empleado del demandante, o de otros inquilinos.

La Ley de CARES fue firmada por el Presidente Trump el 27 de marzo del 2020. Sección 4024 se aplica a

Todos los programas de vivienda a los que se aplica la ley VAWA (vivienda pública, proyectos de la sección 8, vales de vivienda de elección, LIHTC, etc.), así como el programa de vales rural y propiedades con hipotecas respaldadas por el gobierno federal (HUD, Fannie Mae, Freddie Mac, más definiciones detalladas están en esa sección). Los efectos incluyen:

  • No se pueden presentar desalojos por falta de pago en cualquiera de estas propiedades cubiertas por 120 días desde la fecha efectiva, lo que significa que hasta 25 DE JULIO.
  • Ningún aviso a desalojo por falta de pago pueden ser emitidos en cualquiera de estas propiedades hasta después del período de 120 días, y tales Avisos De Desalojo (NTV) deben ser de por lo menos 30 días ósea hasta el 24 DE AGOSTO .
  • Estas propiedades cubiertas NO PUEDEN cobrar cuotas de pago tardío / otras sanciones de demora durante el período de 120 días .
  • El requisito de NTV de 30 días, no tiene una fecha de finalización, y no se limita a los casos de falta de pago. Así que otros tipos de violaciones de arrendamiento durante el período de 120 días requieren una orden NTV de 30 días, y todas las infracciones (falta de pago y de otro tipo) después del 25 de julio requieren una NTV de 30 días.

El aplazamiento federal de desalojo no afecta lo siguiente

  • Desalojo de los casos que se presentaron antes del 27 marzo del2020;
  • Desalojo de los casos con los propietarios puramente privados que no cuentan con ninguno de los fondos antes mencionados; o
  • Los casos de desalojo en el que los motivos de desalojo se alegan violaciones de alquiler.

ENLACES ÚTILES

Actualizaciones de Coronavirus en Texas

https://www.txcourts.gov/supreme/news/texas-supreme-court-coronavirus-update/

Actualizaciones e Información de Coronavirus COVID-19

https://www.dallascounty.org/covid-19/

Orden de la Corte del Condado de Dallas

https://www.dallascounty.org/covid-19/judge-orders.php

Recursos e Información del Departamento Federal de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD)

https://www.hud.gov/topics/rental_assistance/local

Orden de la Corte Suprema de Texas

https://www.txcourts.gov/supreme/orders-opinions/

17 de de marzo del 2020

https://www.txcourts.gov/media/1446106/209043.pdf

13 de marzo del 2020

https://www.txcourts.gov/media/1446056/209042.pdf

Centro de Formación de Justicia del Estado de Texas

https://www.tjctc.org/coronavirus

Cuando el propietario le impide entrar a su vivienda, lo saca de su vivienda o corta sus servicios públicos

https://www.tjctc.org/SRL/tenant-remedies.html

Saludos,

Quiropráctico Dr Peralta